¿Entiende estos términos comerciales de los transitarios? (1)
Los términos básicos de los transitarios son EXW, FCA, FAS, FOB, CFR, CIF, CPT, CIP, DAF, DES, DEQ, DDU, DDP.
Estos 13 términos comerciales, de izquierda a derecha, tienen obligaciones cada vez mayores para el vendedor y viceversa para el comprador. En otras palabras, en los términos comerciales anteriores, el vendedor tiene la menor responsabilidad bajo el término EXW, mientras que el vendedor tiene la mayor responsabilidad bajo el término DDP.
Entrega de fábrica EXW
La entrega se completa cuando los bienes se entregan al Comprador en el lugar de residencia del Vendedor u otro lugar designado (como taller, fábrica o almacén) sin que el Vendedor complete las aduanas de exportación.
Despacho o carga de la mercancía. en cualquier medio de transporte.
Este término es aquel por el cual el vendedor es menos responsable.
Entrega FCA al transportista
Significa que siempre que el vendedor entregue la mercancía al transportista designado por el comprador en el lugar designado y pase por los procedimientos de despacho de aduana de exportación, la entrega se completa.
Cabe señalar que la elección del lugar de entrega incide en la obligación de cargar y descargar las mercancías en ese lugar. El término puede utilizarse para varios modos de transporte, incluido el transporte multimodal.
Entrega lateral FAS
Significa que el vendedor entrega la mercancía al costado del barco en el puerto de carga designado, es decir, se completa la entrega. El comprador deberá asumir todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía a partir de ese momento.
término FOB
Se refiere al nombre de la mercancía cantidad precio unitario FOB puerto de envío. La transferencia de riesgo es cuando pasa por la borda del barco. Como la mercancía no cruzó la borda del barco, la responsabilidad recaerá en la empresa del vendedor.
Si en el proceso de izaje se rompe la barrera y el cemento no cae al mar sino al tablero del barco, entonces el riesgo se transfiere al comprador, y esta responsabilidad debe ser asumida por la empresa compradora.
Costo y flete CFR
Significa que el vendedor completa la entrega de la mercancía sobre la borda del barco en el puerto de carga, y el vendedor debe pagar el flete y los gastos necesarios para transportar la mercancía al puerto de destino designado.
Sin embargo, el riesgo de pérdida o daño de la mercancía después de la entrega, así como cualquier coste adicional debido a diversos acontecimientos, se transfiere del vendedor al comprador.
El término se aplica únicamente al transporte marítimo o por vías navegables interiores. Si las partes no tienen intención de realizar la entrega por la borda del barco, se deberá utilizar el término CPT.
Costo CIF, seguro y flete
Significa que el vendedor completa la entrega cuando la mercancía cruza la borda del barco en el puerto de carga. El término se aplica únicamente al transporte marítimo y por vías navegables interiores.
Si las partes no tienen intención de realizar la entrega por la borda del buque, se utilizará el término CIP.
Flete CPT pagadero a (destino designado)
Significa que el vendedor entrega la mercancía a su transportista designado (el transportista), pero el vendedor también debe pagar el flete para llevar la mercancía a su destino. Es decir, el comprador asume todos los riesgos y demás costes posteriores a la entrega.